Solamente pueden acceder como público a las instalaciones deportivas aquellas personas que hayan sido acreditadas por el club organizador

La Concejalía de Deportes recuerda que solamente pueden acceder como público a las instalaciones deportivas a presenciar cualquier tipo de partido de competición aquellas personas que hayan sido acreditadas previamente por el club organizador, en virtud del anexo 3 de la Orden de 2 de noviembre de 2020 de la Consejería de Turismo, Juventud y Deportes, por la que se establece el protocolo de actuación para la actividad deportiva en la Región de Murcia con motivo de la pandemia por el COVID-19.

Esta norma fija el protocolo regulador de la presencia de público en las instalaciones deportivas, de tal manera que sólo pueden acceder a la instalación deportiva aquellas personas que, con anterioridad, hayan sido autorizadas por el club que organiza o promueve la actividad deportiva, teniendo en cuenta los aforos permitidos en cada momento.

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