La Concejalía de Hacienda recomienda a los proveedores municipales que, en adelante, emitan sus facturas a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), pues desde la entrada en vigor de la “factura electrónica” (Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del sector público), los proveedores deben presentar a través de esta plataforma, obligatoriamente, si superan los 5.000 euros.
En cualquier caso, desde este departamento municipal se aconseja la preferencia de expedir y remitir mediante este procedimiento electrónico cualquier importe de factura por parte de los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de Totana.
El Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) es la plataforma online que permite presentar facturas electrónicas ante cualquier órgano de la Administración General del Estado, a través de un único punto. Además, está abierto a que otras Administraciones Públicas puedan adherirse al mismo, como es el caso del Consistorio totanero.
A todo ello hay que añadir que la obligatoriedad de la factura electrónica se extenderá ahora a todo el sector privado en virtud de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre de creación y crecimiento de empresas, pendiente actualmente de un reglamento específico que lo desarrolle.
Esta situación lleva consigo también ventajas, como entrar dentro de las obligaciones que exige la implantación de la Administración Electrónica, dando mayor agilidad en la tramitación de las facturas; y formar desde el inicio de la factura en su entrada en el FACe un expediente para su tramitación en el circuito establecido para ello.
Los datos precisos para la tramitación de la factura electrónica por el FACe que precisa conocer un proveedor son:
Oficina contable | Órgano Gestor | Unidad Administrativa |
L01300392 Intervención Municipal | L01300392 Concejalía de Hacienda | L01300392 Intervención Municipal |
La Concejalía recuerda, que remitidas a los Servicios de Intervención las facturas, serán aprobadas por la Junta de Gobierno Local o resolución de Alcaldía, y se trasladarán a la Tesorería Municipal, para que conforme a la legislación que regula la prioridad de los pagos y el Plan de Disposición de Fondos, se proceda a la fase de Ordenación del Pago.
A su vez, esta tramitación da lugar que los proveedores puedan consultar el estado de su factura en cualquier momento a través de dicha plataforma.