La Junta Local de Gobierno ha aprobado recientemente la propuesta de la concejal de Hacienda y Contratación que va a regir el contrato de prestación del servicio de Ayuda a Domicilio del Ayunta miento de Totana por dependencia y municipal, es decir, tanto a personas dependientes como no dependientes con el fin de proporcionar en su domicilio la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura de las necesidades domésticas.
De esta manera, se le posibilita a estas personas su permanencia en el domicilio el mayor tiempo posible.
La forma de adjudicación de este contrato es el procedimiento abierto y la duración del mismo será de dos años, pudiéndose prorrogar anualmente hasta un máximo de cuatro años de vigencia, incluidas las prórrogas.
El valor estimado del contrato para los cuatro años es e 644.792, 16 euros sin IVA y las ofertas se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) del Ayuntamiento de Totana, en horario de atención al público, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BORM y perfil del contratante.
Este contrato tiene por objeto la prestación de diversos servicios y actuaciones correspondientes al Servicio de Ayuda a Domicilio, tanto el establecido por el IMAS a través del convenio de colaboración con el Consistorio totanero, como el municipal para atender aquellos casos que no son objeto del servicio por dependencia.
La financiación de estos servicios y el número total de horas que los mismos comprenderán está condicionada a las aportaciones de las distintas administraciones públicas, contempladas en los convenios que entre ellas se suscriban para el desarrollo de éste, y las aportaciones que correspondan al usuario y al presupuesto municipal.
Los servicios a licitar para el desarrollo de la prestación de Ayuda a Domicilio son las atenciones de carácter personal, las atenciones de carácter doméstico que se realizan de forma cotidiana y las atenciones de carácter socio-educativo.
La atención al beneficiario será adecuada en todo momento, en calidad y forma, siguiendo un estilo de trabajo que fomente la mayor autonomía posible del beneficiario, siempre que el caso lo permita.
El servicio se prestará de lunes a domingo (incluidos festivos), y el horario de realización de las tareas será el comprendido entre los tramos de 7:00 a 22:00 horas, de forma que las tareas de aseo y ayuda a la movilidad (levantar) se desarrollarán, con carácter general, en horario de mañana, de 7:00 a 11:00 horas; y las de aseso y ayuda a la movilidad (acostar), en horario de tarde a partir de las 18:00 horas.