La Consejería de Empleo, Investigación y Universidades ha tramitado un total de 267 ERTES en el municipio de Totana desde que comenzó la crisis social y económica a raíz de la pandemia provocada por el COVID-19, que afectan a 1.090 trabajadores; de los que 623 son mujeres (57,16%) y 467 hombres (42,84%).
En la comarca del Guadalentín se han, por municipios, se contabilizan los siguientes: Lorca (4.186), Alhama de Murcia (1.197), Mazarrón (1.241), Águilas (1.183), Puerto Lumbreras (515), Librilla (213) y Aledo (15).
El Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTES) es aquella medida tomada por las empresas cuando, por motivos justificados -económicos, técnicos, organizativos, producción o por causas de fuerza mayor como es el caso de la actual crisis sanitaria-, se decide suspender o reducir temporalmente los contratos de sus trabajadores.
Es un procedimiento mediante el cual, una empresa en una situación excepcional, busca obtener autorización para despedir trabajadores, suspender contratos de trabajo o reducir jornadas de manera temporal, cuando atraviesen por dificultades técnicas, organizativas que pongan en riesgo la continuidad de la compañía.
La salida del trabajador de la empresa es limitada en el tiempo, ya que tras un periodo, vuelve a su puesto de trabajo; por lo que, a diferencia del Expediente de Regulación de Empleo, no implica el despido para siempre del empleado. El ERTE se puede aplicar sin tener en cuenta el número de trabajadores que tenga la compañía.
Los trabajadores consumen su prestación por desempleo mientras se aplica el ERTE. El salario en los primeros 180 días pasa a ser el 70%, en el caso de perder su trabajo, los días consumidos por el ERTE se descuentan del periodo con derecho a cobro, y por último, es habitual que las empresas negocien un complemento salarial, aunque no suele cubrir el 100% de los ingresos.
Además, la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo de esta Consejería ha habilitado tres líneas de ayudas a trabajadores autónomos de la Región de Murcia en virtud del Programa de Empleo (por socio trabajador que se incorpora a la sociedad dependiendo del colectivo las ayudas van de 7.000 a 11.500 euros) y el Programa de Aportaciones de Capital (subvención del 25% general del capital social aportado y subvención de hasta 4.000 euros).
También se articula otra línea en el marco del Programa de Inversión, con subvención del 50%, subvención del 30% de la inversión e inversión mínima para tener derecho a ayuda de 12.000 euros.
A estas ayudas se pueden acoger los trabajadores autónomos que cumplan los requisitos que, en el caso de Totana, se contabilizaron 2.368 (enero), 2.375 (febrero), 2.365 (marzo) y 2.365 (abril).
Nota.- Se adjunta resolución de la Dirección General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen medidas extraordinarias como consecuencia del impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.