La Alcaldía ha elevado una moción al pleno ordinario de junio para usar el Fondo de Contingencia previsto en el presupuesto prorrogado del 2019 con el fin de hacer frente a los gastos derivados por el COVID-19, y más concretamente desarrollar la línea de ayudas y subvenciones dirigidas a autónomos,microempresas y pymes afectadas por la pandemia en este municipio.
Todas las entidades locales que se hayan acogido al Fondo de Ordenación para la financiación de la ejecución de sentencias firmes a las que hayan sido condenadas, tienen la obligación de constituir un fondo de contingencia por importe mínimo del 1% de sus gastos no financieros.
Entre los requisitos que debe cumplir el gasto para poder ser financiado dentro del Fondo de Contingencia destacan que no estuviese previsto en el presupuesto de la entidad; que su ejecución sea inaplazable (que surja a lo largo del ejercicio y no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente) y que, por sus características, el gasto sea de carácter “no discrecional”. En definitiva, debe tratarse de gastos que tengan un carácter de imprevistos, inaplazables y no discrecionales, para los que no exista crédito presupuestario o el previsto resulte insuficiente.
El procedimiento a seguir para disponer del Fondo de Contingencia es mediante el correspondiente expediente de modificación de crédito. El Ayuntamiento de Totana tiene previsto dicho Fondo de Contingencia desde el presupuesto del 2017, de forma que para el presupuesto actual prorrogado del 2019 para el 2020 se recoge con un crédito de 300.000 euros.
El referido Fondo de Contingencia, fue utilizado parte en 2019, previa solicitud y autorización al Ministerio de Hacienda. Ahora, con fecha 6 de mayo, se ha efectuado una consulta al Ministerio de Hacienda para la posibilidad de hacer uso del mismo para gastos derivados del COVID.
Las ayudas a las empresas de Totana aprobadas en el último pleno van dirigidas a contribuir, en la medida de lo posible, y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad y del empleo, de forma que se produzca lo antes posible una reactivación económica local, gravemente afectada por los perjuicios que ha provocado la suspensión de actividades o el menoscabo de otras que lleva aparejada la declaración del estado de alarma causada por la proliferación del Covid-19.